Artículo 110 de la LEY de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión de Vigilancia puede recibir quejas o ideas de la gente común sobre posibles problemas con el dinero del gobierno, siempre que tengan una razón de peso y estén bien explicadas. La Auditoría Superior de la Federación puede tomar en cuenta esas quejas para decidir a quién auditará durante el año, y debe reportar los resultados en sus informes. También puedes hacer llegar tus propuestas a través del Comité de Participación Ciudadana, que es un grupo de personas que ayudan a vigilar. El Auditor Superior está obligado a informarle a la Comisión y al Comité si aceptó o no tus sugerencias para las auditorías del año.
Texto oficial
Artículo 110.- La Comisión recibirá peticiones, propuestas, solicitudes y denuncias fundadas y motivadas por la sociedad civil, las cuales podrán ser consideradas por la Auditoría Superior de la Federación en el programa anual de auditorías y cuyos resultados deberán ser considerados en los informes individuales y, en su caso, en el Informe General. Dichas propuestas también podrán ser presentadas por conducto del Comité de Participación Ciudadana a que se refiere la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, debiendo el Auditor Superior de la Federación informar a la Comisión, así como a dicho Comité sobre las determinaciones que se tomen en relación con las propuestas relacionadas con el programa anual de auditorías.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.