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Artículo 9 de la LEY Federal de Revocación de Mandato

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Puedes pedir que se empiece el proceso para quitarle el cargo al presidente de México, pero solo una vez durante todo su gobierno. Eso lo puedes hacer dentro de los tres meses después de que se cumplan tres años desde que empezó su mandato (o sea, a la mitad de su sexenio). Recuerda que esto solo aplica para el presidente que fue elegido por el voto de la gente.

Texto oficial

Artículo 9. El inicio del proceso de revocación de mandato podrá solicitarse, por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de quien ostente la titularidad del Ejecutivo Federal por votación popular.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.