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Artículo 1 de la LEY Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley dice que el gobierno te tiene que pagar una indemnización (un dinero como compensación) si, sin que estés obligado a aguantarlo, sufres daños en tus bienes o derechos por una actividad administrativa irregular del Estado. Eso significa que si un acto del gobierno te causa un perjuicio sin que haya una razón legal válida para justificarlo, el gobierno es responsable, sin importar si tuvo o no la culpa. El pago se hará conforme a las reglas de esta ley.

Texto oficial

ARTÍCULO 1.- La presente Ley es reglamentaria del sexto párrafo del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones son de orden público e interés general; tiene por objeto fijar las bases y procedimientos para reconocer el derecho a la indemnización a quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes y derechos como consecuencia de la actividad administrativa irregular del Estado. La responsabilidad extracontractual a cargo del Estado es objetiva y directa, y la indemnización deberá ajustarse a los términos y condiciones señalados en esta Ley y en las demás disposiciones legales a que la misma hace referencia. Párrafo reformado DOF 29-12-2023 Para los efectos de esta Ley, se entenderá por actividad administrativa irregular, aquella que cause daño a los bienes y derechos de los particulares que no tengan la obligación jurídica de soportar, en virtud de no existir fundamento legal o causa jurídica de justificación para legitimar el daño de que se trate.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.