- Ley
- LEY Federal de Sanidad Animal
- Artículo
- 21
Artículo 21 de la LEY Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes una mascota o un animal bajo tu cuidado, ya sea un perro, un gato o hasta un animal salvaje encerrado, tu obligación es darle de comer y de beber lo suficiente y lo adecuado según su tipo y edad. También tienes que llevarlo al veterinario para que le ponga vacunas y lo revise seguido, siguiendo un plan de salud. Y si se enferma o se lastima, debes atenderlo de inmediato.
Texto oficial
Artículo 21.- Los propietarios o poseedores de animales domésticos o silvestres en cautiverio, deberán proporcionarles alimento y agua en cantidad y calidad adecuada de acuerdo a su especie y etapa productiva. Los animales deberán estar sujetos a un programa de medicina preventiva bajo supervisión de un médico veterinario, y deberán ser revisados y atendidos regularmente. Así mismo se les proporcionará atención inmediata en caso de enfermedad o lesión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.