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Artículo 65 de la LEY Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo habla sobre las reglas para mover productos de origen animal que están en cuarentena (es decir, bajo observación para evitar que propaguen enfermedades). También aplica para vehículos, maquinaria o materiales que hayan tenido contacto con esos productos. Las reglas específicas las va a dar la Secretaría de Agricultura (Sader). Si se descubre que mover estos productos representa un riesgo para la salud animal, la Secretaría puede cancelar los permisos que ya había dado y tomar las medidas necesarias para evitar problemas. Además, los lugares donde se haga la cuarentena deben ser autorizados por la propia Secretaría.

Texto oficial

Artículo 65.- Los requisitos y medidas zoosanitarias que se deberán cumplir para movilizar mercancías que estén bajo cuarentena, así como los requisitos y medidas zoosanitarias para movilizar vehículos, maquinaria, materiales o equipo y otras mercancías reguladas que hayan estado en contacto con ellas estarán previstos en las disposiciones de sanidad animal que para tal efecto emita la Secretaría. Cuando se compruebe o se tenga evidencia científica de que la movilización de las mercancías bajo cuarentena implica un riesgo zoosanitario, la Secretaría revocará los certificados zoosanitarios de movilización que se hayan expedido y aplicará las medidas zoosanitarias necesarias. LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 21-05-2024 30 de 65 La cuarentena de bienes de origen animal y productos para uso o consumo animal, se llevará a cabo en instalaciones que determine y autorice la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.