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Artículo 1 de la LEY Federal de Seguridad Privada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica para toda la República Mexicana y su objetivo es regular las empresas de seguridad privada que trabajan en dos o más estados del país. Las reglas son obligatorias para todos y buscan proteger a la sociedad. Si una empresa de seguridad solo trabaja dentro de un solo estado, entonces ese estado tiene sus propias reglas para controlarla. Quienes presten estos servicios deben tratar a las personas con respeto y dignidad, sin cometer abusos ni actos violentos. Además, al hacer su trabajo, deben usar sus herramientas y autoridad de forma justa y sin exagerar.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente ley tiene por objeto regular la prestación de servicios de seguridad privada, cuando estos se presten en dos o más entidades federativas, en las modalidades previstas en esta ley y su reglamento, así como la infraestructura, equipo e instalaciones inherentes a las mismas. Sus disposiciones son de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio nacional. Los servicios de seguridad privada que se presten sólo dentro del territorio de una entidad federativa, estarán regulados como lo establezcan las leyes locales correspondientes. Los servicios se prestarán tomando en cuenta los principios de integridad y dignidad; protección y trato correcto a las personas, evitando en todo momento arbitrariedades y violencia, actuando en congruencia y proporcionalidad en la utilización de sus facultades y medios disponibles. Párrafo adicionado DOF 27-01-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.