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Ley
LEY Federal de Sanidad Vegetal
Artículo
4

Artículo 4 de la LEY Federal de Sanidad Vegetal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las dependencias del gobierno federal solo pueden gastar en lo que ya está autorizado en el presupuesto que aprueba el Congreso. Si un programa o proyecto no tiene dinero asignado en ese presupuesto, no se puede echar a andar. Además, todo lo que hagan debe seguir las reglas de la Ley Federal de Presupuesto, que controla cómo se usa el dinero público. Básicamente, no se puede gastar más de lo que está aprobado ni inventar gastos por fuera del presupuesto.

Texto oficial

Artículo 4o.- Los programas, proyectos y demás acciones que, en cumplimiento a lo dispuesto en esta Ley y en razón de su competencia, corresponda ejecutar a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, deberán sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para dichos fines en el Presupuesto de Egresos de la Federación y a las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Artículo reformado DOF 26-07-2007 CAPITULO II CONCEPTOS

Ver texto oficial de la LEY Federal de Sanidad Vegetal (pág. 2) ↗

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