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Artículo 106 de la Ley Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El patrón está obligado a pagarte tu salario aunque no trabajes por alguna razón, a menos que la ley diga lo contrario. Esto significa que si no puedes ir a trabajar por causas que no son tu culpa, como una enfermedad o una emergencia, tu jefe debe seguir pagándote. Solo se puede suspender el pago en los casos específicos que marca la Ley Federal del Trabajo, como cuando tú faltas sin avisar o por una huelga. No es que tu patrón pueda dejar de pagarte porque sí; tiene que cumplir con lo que dice la ley para hacerlo.

Texto oficial

Artículo 106.- La obligación del patrón de pagar el salario no se suspende, salvo en los casos y con los requisitos establecidos en esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.