Artículo 131 de la Ley Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tener derecho a las utilidades no significa que puedas meterte a decidir cómo se maneja el negocio. O sea, recibes tu parte de las ganancias, pero no tienes vela en el entierro para opinar sobre cómo se administra o dirige la empresa. Los jefes siguen siendo los que mandan ahí.
Texto oficial
Artículo 131.- El derecho de los trabajadores a participar en las utilidades no implica la facultad de intervenir en la dirección o administración de las empresas. TITULO CUARTO Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Patrones CAPITULO I Obligaciones de los patrones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.