- Ley
- Ley Federal del Trabajo
- Artículo
- 138
Artículo 138 de la Ley Federal del Trabajo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El dinero del Fondo Nacional de la Vivienda lo va a manejar un grupo especial que se forma con tres partes: representantes del gobierno, de los trabajadores y de los patrones (los dueños de las empresas). Nadie más, ni un banco ni una persona sola, puede administrar esos recursos. Así se asegura que todos estén involucrados en las decisiones.
Texto oficial
Artículo 138.- Los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda serán administrados por un organismo integrado en forma tripartita por representantes del Gobierno Federal, de los trabajadores y de los patrones. Artículo reformado DOF 24-04-1972
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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