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Ley
Ley Federal del Trabajo
Artículo
138

Artículo 138 de la Ley Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El dinero del Fondo Nacional de la Vivienda lo va a manejar un grupo especial que se forma con tres partes: representantes del gobierno, de los trabajadores y de los patrones (los dueños de las empresas). Nadie más, ni un banco ni una persona sola, puede administrar esos recursos. Así se asegura que todos estén involucrados en las decisiones.

Texto oficial

Artículo 138.- Los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda serán administrados por un organismo integrado en forma tripartita por representantes del Gobierno Federal, de los trabajadores y de los patrones. Artículo reformado DOF 24-04-1972

Ver texto oficial de la Ley Federal del Trabajo (pág. 40) ↗

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