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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/39-F
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
39-F

Artículo 39-F de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un trabajo por tiempo indeterminado, quiere decir que no hay fecha de fin y, por lo general, trabajas de manera continua. Pero la ley dice que tú y tu patrón pueden acordar que sea un trabajo discontinuo, es decir, que solo labores en temporadas o en días específicos, como en la agricultura o el turismo. Aunque trabajes solo por periodos, tienes los mismos derechos que cualquier otro trabajador (como vacaciones o aguinaldo), pero calculados en proporción al tiempo que realmente trabajaste.

Texto oficial

Artículo 39-F. Las relaciones de trabajo por tiempo indeterminado serán continuas por regla general, pero podrán pactarse para labores discontinuas cuando los servicios requeridos sean para labores fijas y periódicas de carácter discontinuo, en los casos de actividades de temporada o que no exijan la prestación de servicios toda la semana, el mes o el año. LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 13 de 457 Los trabajadores que presten servicios bajo esta modalidad tienen los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores por tiempo indeterminado, en proporción al tiempo trabajado en cada periodo. Artículo adicionado DOF 30-11-2012

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 12) ↗

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