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Artículo 474 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un accidente de trabajo es cualquier lesión, enfermedad o muerte que te pase de repente por hacer tu trabajo o por ir o venir de él. Esto incluye desde un golpe hasta una intoxicación o una desaparición por un delito, sin importar si ocurre en la empresa o en otro lado. También se considera accidente laboral si te lastimas en el camino de tu casa al trabajo o del trabajo a tu casa, siempre que vayas directo.

Texto oficial

Artículo 474.- Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. Párrafo reformado DOF 22-06-2018 Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél. LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 141 de 457

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 140) ↗

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