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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/474
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
474

Artículo 474 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un accidente de trabajo es cualquier lesión, enfermedad o muerte que te pase de repente por hacer tu trabajo o por ir o venir de él. Esto incluye desde un golpe hasta una intoxicación o una desaparición por un delito, sin importar si ocurre en la empresa o en otro lado. También se considera accidente laboral si te lastimas en el camino de tu casa al trabajo o del trabajo a tu casa, siempre que vayas directo.

Texto oficial

Artículo 474.- Accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste. Párrafo reformado DOF 22-06-2018 Quedan incluidos en la definición anterior los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél. LEY FEDERAL DEL TRABAJO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-05-2026 141 de 457

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 140) ↗

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