Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/479
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
479

Artículo 479 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La incapacidad permanente parcial es cuando una persona, por alguna lesión o enfermedad, pierde parte de su capacidad para trabajar, pero no queda totalmente imposibilitada. Esto significa que aún puede hacer algunas actividades laborales, aunque con menos habilidad o esfuerzo. La ley reconoce que esta pérdida es definitiva, no algo temporal. En pocas palabras, es como si ya no pudieras rendir al 100% en tu trabajo, pero todavía puedes trabajar en algo.

Texto oficial

Artículo 479.- Incapacidad permanente parcial es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 141) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.