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Artículo 479 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La incapacidad permanente parcial es cuando una persona, por alguna lesión o enfermedad, pierde parte de su capacidad para trabajar, pero no queda totalmente imposibilitada. Esto significa que aún puede hacer algunas actividades laborales, aunque con menos habilidad o esfuerzo. La ley reconoce que esta pérdida es definitiva, no algo temporal. En pocas palabras, es como si ya no pudieras rendir al 100% en tu trabajo, pero todavía puedes trabajar en algo.

Texto oficial

Artículo 479.- Incapacidad permanente parcial es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 141) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.