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Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
561

Artículo 561 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección Técnica es como el equipo de expertos que ayuda a tomar decisiones importantes. Su trabajo es estudiar cómo dividir el país en zonas geográficas y proponer cambios al Consejo de Representantes. También investiga para que se fijen los salarios mínimos, sugiere los salarios para profesiones específicas y publica cómo cambian los precios y el costo de vida. Además, resuelve dudas sobre el poder adquisitivo del salario cuando el Presidente lo pide, y apoya a otras comisiones con estudios técnicos. Básicamente, es el equipo que analiza todo para que se tomen decisiones justas sobre salarios y regiones.

Texto oficial

Artículo 561.- La Dirección Técnica tiene los deberes y atribuciones siguientes: I. Realizar los estudios técnicos necesarios y apropiados para determinar la división de la República en áreas geográficas, formular un dictamen y proponerlo al Consejo de Representantes; II. Proponer al Consejo de Representantes modificaciones a la División de la República en áreas geográficas y a la integración de las mismas; siempre que existan circunstancias que lo justifiquen; III. Practicar las investigaciones y realizar los estudios necesarios y apropiados para que el Consejo de Representantes pueda fijar los salarios mínimos; IV. Sugerir la fijación de los salarios mínimos profesionales; V. Publicar regularmente las fluctuaciones ocurridas en los precios y sus repercusiones en el costo de la vida para las principales localidades del país; VI. Resolver, previa orden del Presidente, las consultas que se le formulen en relación con las fluctuaciones de los precios y sus repercusiones en el poder adquisitivo de los salarios; VII. Apoyar los trabajos técnicos e investigaciones de las Comisiones Consultivas; y VIII. Los demás que le confieran las leyes. Artículo reformado DOF 30-09-1974, 21-01-1988

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 278) ↗

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