Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LFT/594
Ley
LEY Federal del Trabajo
Artículo
594

Artículo 594 de la LEY Federal del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 594 ya no existe en la ley. Fue eliminado (derogado) el 30 de noviembre de 2012, como lo publicó el Diario Oficial de la Federación. Esto significa que no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía antes, porque ya no es válido. En pocas palabras, ese artículo ya no aplica ni tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 594. (Se deroga). Artículo derogado DOF 30-11-2012

Ver texto oficial de la LEY Federal del Trabajo (pág. 291) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.