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Artículo 47 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El escalafón es como una lista ordenada que cada oficina del gobierno hace para saber quién tiene más derecho a subir de puesto o cambiar de lugar con otro compañero. Esta lista se arma siguiendo las reglas de la ley para que los ascensos sean justos y claros. Se usa también para autorizar cambios de puesto entre trabajadores. En pocas palabras, es el sistema que define quién sigue a quién para crecer en el trabajo.

Texto oficial

Artículo 47.- Se entiende por escalafón el sistema organizado en cada dependencia conforme a las bases establecidas en este título, para efectuar las promociones de ascenso de los trabajadores y autorizar las permutas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.