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Ley
LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
Artículo
66

Artículo 66 de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que cuando los trabajadores quieran cambiar su puesto con otro compañero (permuta), o cuando se quejen por algún movimiento en la escala de puestos (escalafón), la forma de resolver esos asuntos se va a definir en los reglamentos. Es decir, no se explica aquí cómo se hace, sino que se deja para que otros documentos lo establezcan.

Texto oficial

Artículo 66.- El procedimiento para resolver las permutas de empleos, así como las inconformidades de los trabajadores afectados por trámites o movimientos escalafonarios, será previsto en los reglamentos. TITULO CUARTO De la Organización Colectiva de los Trabajadores y de las Condiciones Generales de Trabajo CAPITULO I

Ver texto oficial de la LEY Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional (pág. 16) ↗

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