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Artículo 11 de la LEY Federal de Zonas Económicas Especiales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría va a hacer un plan de desarrollo, trabajando con otras oficinas del gobierno y con la participación de los gobiernos de los estados y municipios que estén involucrados. Después, lo va a pasar para que lo apruebe la Comisión Intersecretarial, que es un grupo de varias secretarías. Para hacer ese plan, van a escuchar la opinión de empresas y organizaciones de la sociedad. El plan se va a revisar cada 5 años y, si es necesario, se le harán cambios. Además, un consejo que se llama Consejo Nacional de Evaluación va a revisar de vez en cuando lo que se haga en el plan y dará sugerencias, las cuales serán tomadas en cuenta por el Consejo Técnico de la Zona para hacer su trabajo.

Texto oficial

Artículo 11. La Secretaría elaborará el Programa de Desarrollo, en coordinación con las dependencias y entidades paraestatales competentes, así como con la participación de los gobiernos de las entidades federativas y los municipios involucrados, y lo someterá a aprobación de la Comisión Intersecretarial. En la elaboración del Programa de Desarrollo se tomará en cuenta la opinión de los sectores social y privado. El Programa de Desarrollo se revisará cada 5 años y, en su caso, se realizarán los ajustes que correspondan en términos de este artículo. El Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social evaluará periódicamente, con base en indicadores, las acciones del Programa de Desarrollo que estén relacionadas con las materias de su competencia, y formulará las recomendaciones que considere pertinentes, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables. Dicha evaluación se tomará en consideración por el Consejo Técnico de la Zona para el ejercicio de sus funciones previstas en el artículo 16 de esta Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.