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Artículo 104 de la LEY General de Archivos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Archivo General es una oficina del gobierno que funciona por sí sola, no depende de ninguna otra dependencia. Tiene su propio dinero y puede tomar sus propias decisiones técnicas y administrativas para hacer su trabajo. Su dirección oficial está en la Ciudad de México. Es como una empresa del gobierno que maneja todos los papeles y documentos históricos importantes.

Texto oficial

Artículo 104. El Archivo General es un organismo descentralizado no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía técnica y de gestión para el cumplimiento de sus atribuciones, objeto y fines; su domicilio legal es en la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.