Artículo 27 de la LEY General de Archivos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El área coordinadora de archivos se encarga de que todas las áreas de trabajo del gobierno manejen y guarden sus documentos y archivos de forma correcta, trabajando en equipo con las oficinas responsables de cada dependencia. El jefe de esta área debe tener como mínimo el puesto de director general o algo equivalente en la estructura de la organización. Además, esa persona tiene que dedicarse de tiempo completo solo a las tareas que le marca esta ley y las leyes locales de archivos, sin hacer otras cosas.
Texto oficial
Artículo 27. El área coordinadora de archivos promoverá que las áreas operativas lleven a cabo las acciones de gestión documental y administración de los archivos, de manera conjunta con las unidades administrativas o áreas competentes de cada sujeto obligado. El titular del área coordinadora de archivos deberá tener al menos nivel de director general o su equivalente dentro de la estructura orgánica del sujeto obligado. La persona designada deberá dedicarse específicamente a las funciones establecidas en esta Ley y la de la entidad federativa en esta materia. LEY GENERAL DE ARCHIVOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 12 de 43
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