Artículo 12 de la LEY General de Aguas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno federal, los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México pueden hacer acuerdos entre ellos para trabajar juntos en prevenir y atender enfermedades, y en crear políticas locales sobre agua, saneamiento e higiene. Esto les sirve para reaccionar rápido cuando haya brotes de enfermedades o emergencias relacionadas con el agua o la limpieza. También sirve para reforzar cómo se coordinan y responden los sectores de salud, agua y saneamiento durante desastres o crisis. Básicamente, permite que distintos niveles de gobierno se pongan de acuerdo para proteger la salud de la gente.
Texto oficial
Artículo 12. La Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México podrán celebrar convenios de coordinación en materia de prevención y tratamiento de enfermedades y diseño de políticas públicas a nivel local, para responder a brotes y emergencias relacionados con el agua, el saneamiento y la higiene y para fortalecer los mecanismos de coordinación y respuesta de los sectores salud, agua, saneamiento e higiene en emergencias y desastres.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.