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Artículo 2 de la LEY General de Aguas

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El gobierno federal, los estados y los municipios deben trabajar juntos para crear, aplicar, vigilar y revisar los programas que garanticen que todas las personas tengan acceso a agua limpia para beber y usar en su casa, así como para que el agua sucia se limpie de manera adecuada. Cada nivel de gobierno hará lo que le corresponde según la ley. Todo esto se tiene que hacer siguiendo lo que dice la Constitución y los tratados internacionales.

Texto oficial

Artículo 2. La Federación, entidades federativas y municipios, de manera coordinada, en el ámbito de sus respectivas competencias, concurrirán para el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas públicas en materia del derecho humano al acceso, disposición y saneamiento del agua para consumo personal y doméstico, conforme al parámetro constitucional y convencional aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.