Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGAg/20
Ley
LEY General de Aguas
Artículo
20

Artículo 20 de la LEY General de Aguas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los gobiernos federal, estatal y municipal tienen la obligación de hacer lo necesario para que nadie te quite tu derecho a tener agua limpia, a usarla y a que esté descontaminada. Esto significa que deben protegerte de personas o empresas que quieran impedirte acceder al agua o ensuciarla. Cada nivel de gobierno hará su parte según lo que le toque, pero todos deben trabajar para que este derecho se cumpla en todo el país.

Texto oficial

Artículo 20. Las instancias de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus competencias, adoptarán las medidas necesarias para proteger frente a terceros el disfrute de los derechos humanos asociados al acceso, disposición y saneamiento de agua en el territorio nacional.

Ver texto oficial de la LEY General de Aguas (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 20 de la LEY General de Aguas, explicado | Precedente Legal