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Ley
LEY General de Bibliotecas
Artículo
1

Artículo 1 de la LEY General de Bibliotecas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley aplica en todo México y es obligatoria para todos. Su objetivo es que el gobierno federal, los estados, los municipios y las alcaldías de la Ciudad de México trabajen juntos en todo lo relacionado con las bibliotecas públicas. Por ejemplo, define cómo crear, mantener y organizar estas bibliotecas, y cómo debe funcionar la Red Nacional de Bibliotecas Públicas. También busca que tanto empresas como particulares puedan crear sus propias bibliotecas, y protege documentos importantes como libros, periódicos, audios, videos o archivos digitales para que no se pierdan. Además, establece las reglas para el Depósito Legal, que es la obligación de entregar copias de publicaciones a ciertas bibliotecas para preservar la cultura y la memoria del país.

Texto oficial

Artículo 1. La presente Ley es de observancia general en toda la República, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto: I. Establecer las bases de coordinación de los gobiernos Federal, de las entidades federativas, los municipios y alcaldías de la Ciudad de México en materia de bibliotecas públicas; II. Definir las políticas de establecimiento, sostenimiento y organización de las bibliotecas públicas; III. Definir las normas básicas de funcionamiento de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas; IV. Proponer las directrices para la integración del Sistema Nacional de Bibliotecas; V. Fomentar la formación de bibliotecas por parte de los sectores social y privado; VI. Fomentar y garantizar la conservación del patrimonio documental, bibliográfico, hemerográfico, auditivo, visual, audiovisual, digital y, en general, cualquier otro medio que contenga información afín, estableciendo instrumentos para la difusión cultural, la consolidación de la memoria comunitaria y el progreso educativo, y VII. Regular los términos del Depósito Legal.

Ver texto oficial de la LEY General de Bibliotecas (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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