Artículo 32 de la LEY General de Cultura y Derechos Culturales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Reunión Nacional de Cultura es una junta que se hace una vez al año en el lugar que elija la Secretaría de Cultura. Su propósito es proponer ideas y planes para las políticas culturales del país. También sirve para presentar proyectos en los que trabajen juntos el gobierno federal y los estados, y para sugerir acciones que fortalezcan la unión y colaboración entre comunidades, grupos de personas y distintas generaciones. Además, en la reunión se pueden tratar otros temas que propongan los asistentes, siempre y cuando la mayoría esté de acuerdo.
Texto oficial
Artículo 32.- La Reunión Nacional de Cultura se efectuará una vez al año, en la sede que designe la Secretaría de Cultura, para: LEY GENERAL DE CULTURA Y DERECHOS CULTURALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 15-01-2026 9 de 19 I. Proponer directrices de política pública nacional sobre el objeto de la presente Ley; II. Presentar propuestas de proyectos de trabajo entre las instituciones federales y las entidades federativas; III. Proponer políticas de impacto cultural en comunidades y regiones que favorezcan la cohesión social, la solidaridad y la cooperación entre personas, grupos y generaciones, y IV. Los demás asuntos que propongan los representantes y que por mayoría apruebe el pleno de la Reunión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.