Artículo 40 de la LEY General de Cultura y Derechos Culturales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Cultura hará acuerdos con los gobiernos de los estados, los municipios, las alcaldías de la Ciudad de México, y también con empresas y organizaciones de la sociedad civil. El objetivo de estos acuerdos es echar a andar campañas para que la gente sepa lo importante que es cuidar tanto los objetos físicos (como edificios o monumentos) como las tradiciones, bailes o costumbres que forman parte del Patrimonio Cultural de México. También se crearán formas en las que cualquier persona pueda participar en estas labores de conservación.
Texto oficial
Artículo 40.- La Secretaría de Cultura celebrará los convenios de concertación entre las entidades federativas, los municipios, las alcaldías de la Ciudad de México y con los sectores privado y social, para promover campañas de sensibilización, difusión y fomento sobre la importancia de la participación de los diferentes sectores de la población del país en la conservación de los bienes inmateriales y materiales que constituyan el Patrimonio Cultural, conforme a los mecanismos de participación que se creen para tal efecto. TÍTULO QUINTO DE LA VINCULACIÓN INTERNACIONAL
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