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Ley
LEY General de Comunicación Social
Artículo
25

Artículo 25 de la LEY General de Comunicación Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno deben entregar su plan de trabajo y estrategia de comunicación de cada año a la Secretaría Administradora. Esto se hace durante los primeros 15 días de enero, primero por internet y después en papel con firmas originales. La Secretaría revisará los documentos y hará comentarios o los autorizará. Esta regla aplica a todas las dependencias y entidades del gobierno.

Texto oficial

Artículo 25.- [Las dependencias y entidades de las administraciones públicas deberán presentar su Estrategia y Programa anual correspondiente y enviarla a la Secretaría Administradora, previo registro en el Sistema de Información de Normatividad de Comunicación u homólogo, en la primera quincena de enero de cada año, primero de manera electrónica, y posteriormente, con plazos establecidos para la entrega documental con firmas autógrafas. La Secretaría Administradora emitirá las observaciones pertinentes o, en su caso, autorizará las Estrategias y Programas Anuales que corresponda.] Artículo reformado DOF 27-12-2022 Artículo declarado inválido por Resolutivos de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificados para efectos legales el 08-05-2023 LEY GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 13 de 33 Artículo que “recupera su vigencia con el texto que tenía al 27 de diciembre de 2022” por Engrose de sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificado el 31-05-2023 y publicado DOF 24-11-2023

Ver texto oficial de la LEY General de Comunicación Social (pág. 12) ↗

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