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Artículo 29 de la LEY General para el Control del Tabaco

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

En todos los lugares donde está prohibido fumar (como restaurantes, oficinas o espacios cerrados), y también en las áreas especiales para fumadores, deben poner letreros visibles que digan claramente si ahí se puede o no fumar. Además, esos letreros deben incluir un número de teléfono al que puedas llamar para reportar si alguien no está cumpliendo con las reglas contra el humo de tabaco. Así, si ves que en un lugar no respetan la ley, puedes marcar a ese número para denunciarlo.

Texto oficial

Artículo 29. En todos los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, y en las zonas exclusivamente para fumar, se colocarán en un lugar visible letreros que indiquen claramente su naturaleza, debiéndose incluir un número telefónico para la denuncia por incumplimiento a esta Ley, sus reglamentos y demás disposiciones aplicables. Artículo reformado DOF 17-02-2022 Título Cuarto Medidas para Combatir la Producción Ilegal y el Comercio Ilícito de Productos del Tabaco Capítulo Único

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.