Artículo 28 de la LEY General para el Control del Tabaco
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres dueño, encargado o responsable de un lugar donde está prohibido fumar (como oficinas, restaurantes o espacios públicos), tienes la obligación de asegurarte de que nadie fume ahí, según lo que marcan las leyes. No basta con poner un letrero; debes intervenir si ves a alguien fumando y pedirle que apague el cigarro o vapeador. Si no haces cumplir esta regla, podrías tener problemas legales, porque la ley te hace responsable directo de mantener el lugar libre de humo y emisiones de tabaco.
Texto oficial
Artículo 28. El propietario, administrador o responsable de un espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco y emisiones, estará obligado a hacer respetar los ambientes libres de humo de tabaco establecidos en los artículos anteriores. Artículo reformado DOF 17-02-2022
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.