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Artículo 31 de la LEY General para el Control del Tabaco

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para traer productos de tabaco del extranjero a México, primero debes obtener un permiso sanitario de la Secretaría de Salud. Este documento se pide antes de hacer cualquier trámite de importación. Sin ese permiso, no puedes meter al país cigarros, puros o cualquier otro producto de tabaco. Es como un visto bueno de las autoridades de salud para asegurarse de que cumplan con las normas.

Texto oficial

Artículo 31. Se requiere permiso sanitario previo de importación de la Secretaría para la importación de productos del tabaco.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.