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Artículo 46 de la LEY General para el Control del Tabaco

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Una sanción administrativa es un castigo que te ponen por no cumplir con alguna regla. Puede ser solo una llamada de atención seria (amonestación con apercibimiento), o una multa económica. También pueden cerrarte el negocio por un tiempo, para siempre, o solo una parte. En casos más graves, te pueden detener hasta 36 horas.

Texto oficial

Artículo 46. Las sanciones administrativas podrán ser: I. Amonestación con apercibimiento; II. Multa; III. Clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total, y IV. Arresto hasta por treinta y seis horas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.