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Ley
LEY General para el Control del Tabaco
Artículo
47

Artículo 47 de la LEY General para el Control del Tabaco

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te multan por no cumplir con las reglas de salud, la autoridad debe explicarte por escrito por qué te está castigando. Para decidir cuánto te va a cobrar o qué castigo ponerte, tiene que tomar en cuenta cinco cosas: qué tanto daño le hiciste o le podrías hacer a la salud de la gente; qué tan grave fue tu falta; si tienes dinero o no (para no ponerte una multa imposible de pagar); si ya te habían castigado antes por lo mismo (eso se llama ser reincidente); y si sacaste algún provecho económico al cometer la falta.

Texto oficial

Artículo 47. Al imponer una sanción, la autoridad sanitaria fundará y motivará la resolución, tomando en cuenta: I. Los daños que se hayan producido o puedan producirse en la salud de las personas; II. La gravedad de la infracción; III. Las condiciones socio-económicas del infractor; IV. La calidad de reincidente del infractor, y V. El beneficio obtenido por el infractor como resultado de la infracción.

Ver texto oficial de la LEY General para el Control del Tabaco (pág. 12) ↗

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