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Artículo 32 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno debe seguir 16 reglas muy importantes para cuidar los bosques y selvas de México. Por ejemplo, se debe buscar que los bosques estén sanos, evitar que se tiren árboles donde no se debe y cuidar el agua y el suelo. También hay que proteger a los animales y plantas que solo existen en México o que están en peligro de desaparecer. Además, se debe combatir que alguien robe especies o productos del bosque, y al mismo tiempo se puede aprovechar los recursos siempre y cuando se haga de manera responsable. Básicamente, la idea es usar los bosques sin acabarlos, para que sigan existiendo para tus hijos y nietos.

Texto oficial

Artículo 32. Son criterios obligatorios de política forestal de carácter ambiental y silvícola, los siguientes: I. Orientarse hacia el mejoramiento ambiental del territorio nacional a través del manejo forestal sustentable, para que contribuyan al mantenimiento del capital natural y la biodiversidad, la calidad del entorno de los centros de población y vías de comunicación y que, del mismo modo, conlleve la defensa de los suelos y cursos de agua, la disminución de la contaminación y la provisión de espacios suficientes para la recreación; II. La sanidad y vitalidad de los ecosistemas forestales; LEY GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 33 de 85 III. El uso sustentable de los ecosistemas forestales; IV. La estabilización del uso del suelo forestal a través de acciones que impidan el cambio en su utilización; V. La protección, conservación, restauración y aprovechamiento de los recursos forestales a fin de evitar la erosión o degradación del suelo; VI. La utilización del suelo forestal debe hacerse de manera que éste mantenga su integridad física y su capacidad productiva, controlando en todo caso los procesos de erosión y degradación; VII. Promover el manejo forestal regional y el manejo forestal comunitario, considerando propósitos de conservación, restauración y producción; VIII. La captación, protección y conservación de los recursos hídricos y la capacidad de recarga de los acuíferos; IX. La contribución a la fijación de carbono; X. La conservación, prevención y combate a la extracción ilegal de la biodiversidad de los ecosistemas forestales; XI. La conservación prioritaria de las especies endémicas, amenazadas, en peligro de extinción o sujetas a protección especial; XII. La protección de los recursos forestales a través del combate al tráfico o apropiación ilegal de sus especies y materias primas y productos; XIII. La recuperación al uso forestal de los terrenos agropecuarios y preferentemente forestales, para incrementar la frontera forestal; XIV. El uso de especies compatibles con las nativas y con la persistencia de los ecosistemas forestales; XV. La conservación y mejoramiento genético de los recursos forestales, y XVI. Observar los principios como: biodiversidad, interconectividad, interdependencia, procesos de largo plazo y complejidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.