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Artículo 95 de la LEY General de Desarrollo Forestal Sustentable

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría puede darte permiso para cambiar el uso del suelo en terrenos forestales, o para que te den más tiempo para hacer ese cambio, pero solo si tú lo pides. Para que eso pase, todo debe hacerse siguiendo las reglas que están escritas en el Reglamento de esta ley. En otras palabras, si necesitas modificar tu permiso o pedir una prórroga, tienes que solicitarlo tú mismo y cumplir con los requisitos que marca el reglamento. No te preocupes, no es automático: tú debes dar el primer paso para que la Secretaría lo revise.

Texto oficial

Artículo 95. La Secretaría podrá autorizar la modificación de una autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, o bien, la ampliación del plazo de ejecución del cambio de uso de suelo establecido en la autorización respectiva, siempre que lo solicite el interesado, en los términos que se establezcan en el Reglamento de la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.