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Ley
LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Artículo
52

Artículo 52 de la LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las autoridades, ya sean del gobierno federal, de los estados, de los municipios o de la Ciudad de México, tienen la obligación de crear programas para que las mamás y los niños estén más sanos y vivan más años. Cada autoridad debe hacerlo según lo que le toca, como mejorar los hospitales o dar atención médica. En pocas palabras, buscan que tanto las madres como los bebés tengan una vida más larga y saludable.

Texto oficial

Artículo 52. Las autoridades federales, de las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, deben desarrollar políticas para fortalecer la salud materno-infantil y aumentar la esperanza de vida. Artículo reformado DOF 23-06-2017 Capítulo Décimo Del Derecho a la Inclusión de Niñas, Niños y Adolescentes con Discapacidad

Ver texto oficial de la LEY General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (pág. 26) ↗

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