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Ley
LEY General de Desarrollo Social
Artículo
14

Artículo 14 de la LEY General de Desarrollo Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Política Nacional de Desarrollo Social es el plan del gobierno para ayudar a la gente. Debe incluir al menos estos puntos: sacar a la gente de la pobreza con educación, salud, buena comida, empleos, capacitación para trabajar por cuenta propia; dar seguridad social y ayuda a quienes más lo necesitan; impulsar el crecimiento de todas las regiones del país; construir servicios básicos como agua, luz o caminos; y apoyar a cooperativas, ejidos u otras formas de organización comunitaria para que generen ingresos.

Texto oficial

Artículo 14. La Política Nacional de Desarrollo Social debe incluir, cuando menos, las siguientes vertientes: I. Superación de la pobreza a través de la educación, la salud, de la alimentación nutritiva y de calidad, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; Fracción reformada DOF 01-06-2016 II. Seguridad social y programas asistenciales; III. Desarrollo Regional; IV. Infraestructura social básica, y V. Fomento del sector social de la economía.

Ver texto oficial de la LEY General de Desarrollo Social (pág. 6) ↗

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