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Ley
LEY General de Educación
Artículo
40

Artículo 40 de la LEY General de Educación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Política Nacional de Educación Inicial es como el plan maestro que define las reglas y metas para cuidar y educar a los niños desde que nacen hasta antes de entrar al kínder. Este plan organiza todos los programas, acciones y formas de trabajo de diferentes instituciones, pero quien manda es la Secretaría de Educación Pública. El objetivo es que en todo México haya modelos de educación inicial que se adapten a las distintas realidades de cada lugar y respeten las diferencias culturales y sociales de las familias. En pocas palabras, busca que todos los niños reciban una educación inicial de calidad, sin importar dónde vivan o cómo sea su comunidad.

Texto oficial

Artículo 40. Los principios rectores y objetivos estarán contenidos en la Política Nacional de Educación Inicial, la cual será parte de una Estrategia de Atención Integral a la Primera Infancia. La Política Nacional de Educación Inicial integrará y dará coherencia a las acciones, programas y modalidades que distintos agentes desarrollan en materia de educación inicial bajo la rectoría de la Secretaría, con el objeto de garantizar la provisión de modelos de este nivel educativo adaptables a los distintos contextos y sensibles a la diversidad cultural y social.

Ver texto oficial de la LEY General de Educación (pág. 18) ↗

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