Artículo 52 de la LEY General de Educación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno tiene la obligación de asegurarse de que todas las personas puedan disfrutar los avances en ciencia, tecnología e innovación, porque esto es parte importante de la educación y la cultura. También debe impulsar y dar a conocer la investigación científica para que beneficie a la sociedad. Para mejorar la educación, se apoyará en herramientas como internet, plataformas digitales y tecnologías de aprendizaje que sean gratuitas y abiertas para todos.
Texto oficial
Artículo 52. El Estado garantizará el derecho de toda persona a gozar de los beneficios del desarrollo científico, humanístico, tecnológico y de la innovación, considerados como elementos fundamentales de LEY GENERAL DE EDUCACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 15-01-2026 21 de 82 la educación y la cultura. Promoverá el desarrollo, la vinculación y divulgación de la investigación científica para el beneficio social. El desarrollo tecnológico y la innovación, asociados a la actualización, a la excelencia educativa y a la expansión de las fronteras del conocimiento se apoyará en las nuevas tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital, mediante el uso de plataformas de acceso abierto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.