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Artículo 6 de la LEY General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La ley le da al gobierno federal ciertas responsabilidades para cuidar el medio ambiente, y quien las pone en práctica es una dependencia llamada la Secretaría de Medio Ambiente. Si el problema es muy grave, también pueden ayudar la Secretaría de la Defensa, la de Marina o la Guardia Nacional, pero solo cuando el presidente lo decida. Cuando se necesita el apoyo de otras oficinas del gobierno, la Secretaría trabaja en equipo con ellas. Todas las dependencias del gobierno deben seguir las reglas de esta ley para no dañar la naturaleza, como usar los recursos de forma sustentable y cumplir con las normas oficiales.

Texto oficial

ARTÍCULO 6o.- Las atribuciones que esta Ley otorga a la Federación, serán ejercidas por el Poder Ejecutivo Federal a través de la Secretaría y, en su caso, podrán colaborar con ésta las Secretarías de Defensa Nacional y de Marina, así como la Guardia Nacional, cuando por la naturaleza y gravedad del problema así lo determine, salvo las que directamente corresponden al Presidente de la República por disposición expresa de la Ley. Párrafo reformado DOF 23-05-2006, 17-12-2025 Cuando, por razón de la materia y de conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal u otras disposiciones legales aplicables, se requiera de la intervención de otras dependencias, la Secretaría ejercerá sus atribuciones en coordinación con las mismas. Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que ejerzan atribuciones que les confieren otros ordenamientos cuyas disposiciones se relacionen con el objeto de la presente Ley, ajustarán su ejercicio a los criterios para preservar el equilibrio ecológico, aprovechar sustentablemente los recursos naturales y proteger el ambiente en ella incluidos, así como a las disposiciones de los reglamentos, normas oficiales mexicanas, programas de ordenamiento ecológico y demás normatividad que de la misma se derive. Artículo reformado DOF 13-12-1996

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

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