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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGIPE/230
Ley
LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo
230

Artículo 230 de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los gastos de precampaña están limitados a lo que marca la ley. Esos gastos incluyen cosas como pagar spots en radio y televisión, propaganda impresa, renta de lugares para eventos y sueldos del equipo de campaña. Todo esto debe caber dentro de un tope que no puedes pasarte, como si fuera un presupuesto fijo. Básicamente, si estás en precampaña, no puedes gastar más de lo permitido en esos conceptos.

Texto oficial

Artículo 230. 1. Quedarán comprendidos dentro de los topes de gasto de precampaña los conceptos señalados en los incisos a), b), c) y d) del párrafo 2 del artículo 243 de esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales (pág. 129) ↗

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