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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGIPE/485
Ley
LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo
485

Artículo 485 de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 485 ya no existe en la ley porque fue eliminado oficialmente el 27 de enero de 2017. Cuando un artículo está "derogado" significa que perdió su validez y ya no se aplica. No importa lo que decía antes, ahora no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 485. Se deroga. Artículo derogado DOF 27-01-2017

Ver texto oficial de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales (pág. 239) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.