Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGIPE/485
- Ley
- LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
- Artículo
- 485
Artículo 485 de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 485 ya no existe en la ley porque fue eliminado oficialmente el 27 de enero de 2017. Cuando un artículo está "derogado" significa que perdió su validez y ya no se aplica. No importa lo que decía antes, ahora no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
Artículo 485. Se deroga. Artículo derogado DOF 27-01-2017
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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.