- Ley
- LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
- Artículo
- 486
Artículo 486 de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 486 ya no existe, porque fue eliminado de la ley desde enero de 2017. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese artículo dejó de aplicarse y ya no tiene validez legal. El capítulo que habla de la "Contraloría General" sigue vigente, pero sin ese artículo. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque la ley lo quitó.
Texto oficial
Artículo 486. Se deroga. Artículo derogado DOF 27-01-2017 Capítulo III De la Contraloría General
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.