Artículo 84 de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que trabajan en las mesas de casilla el día de la elección tienen estas tareas: instalar y cerrar la casilla según lo que dice la ley, recibir los votos de los ciudadanos, y hacer el conteo de los votos para saber cuántos sacó cada candidato o partido. También deben quedarse en la casilla desde que se abre hasta que se cierra. Por último, tienen que cumplir con cualquier otra obligación que les pida esta ley o reglas relacionadas. Algunos de estos puntos cambiaron, pero la Corte los dejó como estaban antes de marzo de 2023.
Texto oficial
Artículo 84. 1. Son atribuciones de los integrantes de las mesas directivas de casilla: a) Instalar y clausurar la casilla en los términos de este esta Ley; b) Recibir la votación; c) Efectuar el escrutinio y cómputo de la votación; d) [Permanecer en la casilla desde su instalación hasta su clausura, y] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023 e) [Las demás que les confieran esta Ley y disposiciones relativas.] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023 [f) Suprimido] Inciso adicionado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y suprimido conforme al texto de la ley “que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.