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Artículo 94 de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si eres autoridad federal, estatal o municipal, tienes la obligación de ayudar al INE cuando te lo pidan sus presidentes. Eso incluye pasarles informes, certificados y hasta agentes de policía si los necesitan para hacer su trabajo o cumplir sus decisiones. En pocas palabras, todas las autoridades deben cooperar con el INE en lo que requieran para funcionar bien.

Texto oficial

Artículo 94. 1. Las autoridades federales, de las entidades federativas y municipales están obligadas a proporcionar a los órganos del Instituto Nacional Electoral, a petición de los presidentes respectivos, los informes, las certificaciones y el auxilio de la fuerza pública necesarios para el cumplimiento de sus funciones y resoluciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 65) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.