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Artículo 30 de la LEY General para la Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cada dos años, la Secretaría de las Mujeres tiene que checar cómo va el Programa Nacional para ver si está funcionando bien. Si es necesario, puede hacer cambios, hacerlo más grande o volver a armarlo desde cero. Esto sirve para asegurarse de que el programa realmente ayude a las mujeres y se adapte a lo que se necesita en ese momento.

Texto oficial

Artículo 30.- La Secretaría de las Mujeres deberá revisar el avance y el impacto del Programa Nacional cada dos años, para ajustar, ampliar y reformular el mismo. Artículo reformado DOF 15-01-2026

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.