Artículo 10 de la LEY General de Movilidad y Seguridad Vial
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tener derecho a la movilidad significa que puedes escoger libremente cómo viajar dentro de tu ciudad o entre diferentes ciudades. Esto es para que puedas llegar a los lugares donde están los trabajos, las escuelas, los hospitales, los mercados y demás cosas que necesitas. Nadie puede obligarte a moverte de una sola manera, como solo en coche o solo en transporte público; tú decides. La idea es que puedas acceder a todo lo que ofrece cada lugar sin que te pongan trabas.
Texto oficial
Artículo 10. El derecho a la movilidad permite que las personas puedan elegir libremente la forma de trasladarse, en y entre los distintos centros de población, a fin de acceder a los bienes, servicios y oportunidades que otorgan éstos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.