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Artículo 10 de la LEY General de Movilidad y Seguridad Vial

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Tener derecho a la movilidad significa que puedes escoger libremente cómo viajar dentro de tu ciudad o entre diferentes ciudades. Esto es para que puedas llegar a los lugares donde están los trabajos, las escuelas, los hospitales, los mercados y demás cosas que necesitas. Nadie puede obligarte a moverte de una sola manera, como solo en coche o solo en transporte público; tú decides. La idea es que puedas acceder a todo lo que ofrece cada lugar sin que te pongan trabas.

Texto oficial

Artículo 10. El derecho a la movilidad permite que las personas puedan elegir libremente la forma de trasladarse, en y entre los distintos centros de población, a fin de acceder a los bienes, servicios y oportunidades que otorgan éstos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.