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Ley
LEY de la Guardia Nacional
Artículo
26

Artículo 26 de la LEY de la Guardia Nacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres entrar a la Guardia Nacional, debes seguir las reglas que marca el Reglamento de Reclutamiento para el Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. También aplica lo que dice la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública en los puntos que tengan que ver con el proceso. En pocas palabras, no es solo levantar la mano y decir "quiero entrar", sino cumplir con los pasos y requisitos que ya están escritos en esas leyes y reglamentos.

Texto oficial

Artículo 26. Para ingresar a la Guardia Nacional, el aspirante se sujetará a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Reclutamiento de Personal para el Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional y en lo conducente, a lo previsto en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Ver texto oficial de la LEY de la Guardia Nacional (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.