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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/126
Ley
LEY General de Población
Artículo
126

Artículo 126 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe, fue eliminado de la ley desde el 25 de mayo de 2011. Que esté "derogado" significa que ya no tiene validez ni se aplica. Así que no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no es parte de las reglas.

Texto oficial

Artículo 126.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 17-07-1990. Recorrido (antes artículo 106) DOF 22-07-1992. Reformado DOF 08-11-1996. Derogado DOF 25-05-2011

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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