- Ley
- LEY General de Población
- Artículo
- 138
Artículo 138 de la LEY General de Población
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto. Las fechas que ves solo son el historial de cuando se cambió o movió de lugar antes de ser eliminado por completo en mayo de 2011. No tienes que preocuparte por él porque ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 138.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 17-07-1990. Recorrido (antes artículo 118) DOF 22-07-1992. Reformado DOF 08-11-1996, 02-07-2010. Derogado DOF 25-05-2011
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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