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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/138
Ley
LEY General de Población
Artículo
138

Artículo 138 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe. La palabra "derogado" significa que fue eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto. Las fechas que ves solo son el historial de cuando se cambió o movió de lugar antes de ser eliminado por completo en mayo de 2011. No tienes que preocuparte por él porque ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 138.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 17-07-1990. Recorrido (antes artículo 118) DOF 22-07-1992. Reformado DOF 08-11-1996, 02-07-2010. Derogado DOF 25-05-2011

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 15) ↗

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