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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/139
Ley
LEY General de Población
Artículo
139

Artículo 139 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe, así que no tienes que preocuparte por él. Durante un tiempo, el artículo 119 fue movido a esta posición, pero fue eliminado oficialmente en 2011. Como está derogado, no tiene ningún efecto legal ni te obliga a nada.

Texto oficial

Artículo 139.- (Se deroga). Artículo recorrido (antes artículo 119) DOF 22-07-1992. Derogado DOF 25-05-2011

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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